DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por los ciudadano Vicente Manuel Zottola Diz y Maria Fatima Neto de Zottola demandados solidariamente y en forma personal; SEGUNDO: SIN LUGAR la Unidad Económica demandada entre el Grupo Zonemar C.A. y CONSTRUCTORA MANDALA C.A.; TERCERO: SIN LUGAR la demandada incoada por los ciudadanos JESÚS ALEXIS ALVINO, JOSÉ EFRAIN SUARÉZ, DEYBI ELBANO PARRA y ALEXIS ENRIQUE LEDEZMA contra la entidad de trabajo CONSTRUCTORA MANDALAS C.A.; CUARTO: SIN LUGAR la demandada incoada por el ciudadano DEYBI ELBANO PARRA contra GRUPO ZONEMAR C.A.; QUINTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada incoada por los ciudadanos JESÚS ALEXIS ALVINO, JOSÉ EFRAIN S.....