III
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor y Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos LEO DE JESÚS CIPRIANI MALDONADO y ANGELA GAMBINA NAPOLI, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 18 de abril de 1991, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) según Acta Nº 176, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1991. Se ordena librar oficio al Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del Distrito Capital y a la sede principal del Consejo Nacional Electoral, anexándoles c.....