DISPOSITIVA
Por los alegatos anteriormente esgrimidos, este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, acuerda: PRIMERO: Ratifica la decisión dictada en fecha 25/06/2008, mediante la cual acordó al imputado Alejandro Díaz, (Indocumentado), Medida Cautelar Sustitutiva en la modalidad de Caución Personal, prevista en el artículo 256, numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 258 ejúsdem, referente a presentarse periódicamente ante la oficina de Presentaciones de este Circuito Judicial Penal cada Siete (07) días y la presentación de dos (2) fiadores (personas naturales) los cuales deberán devengar cada uno sueldo mínimo fijado por el Estado como entradas económicas mínima mensual; quienes deberán consignar, Constancia de Trabajo, en la cua.....