Por los razonamientos antes explanados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrado justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por 100% BANCO, BANCO COMERCIAL, C.A., (antes FINANCORP, BANCO COMERCIAL, C.A.), contra el ciudadano MIGUEL JOSÉ PADILLA CARBALLO, de acuerdo a los parámetros de esta decisión, y así se declara.
Se ordena el archivo del expediente una vez que quede firme la presente decisión y previa devolución de los originales. Cúmplase.