este Tribunal Homologa el Desistimiento en los términos en que fue expuesto por la parte actora, dándole efecto de Cosa Juzgada, todo de conformidad a lo previsto en el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dejándose constancia que por auto separado se fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar en la causa. Así se decide