En virtud de los elementos contentivos en el expediente, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: UNICO: Este Juzgador declara que el Recurso de Apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 06 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, era Improponible, en atención a la doctrina de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Dada la naturaleza de fallo no hay condenatoria en costas conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.