Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- LA NULIDAD de las actuaciones cursantes desde el folio 126 al 129, 136 al 138 así como el 143 y 144, fechadas 05/03/2013, 31/05/2013, 14/06/2013 y 25/06/2013, en ese orden, decretando LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado que Tribunal 19º de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, admita la demanda ordenando la debida notificación del Procurador General de la República. Todo ello con motivo de la demanda interpuesta por la ciudadana LISSETH LOURDES DÍAZ contra la entidad de trabajo denominada: FUNDACIÓN MISIÓN IDENTIDAD, ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condena en costas por el carácter de este fallo. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive-.-