Finalmente, visto que en el escrito transaccional, las partes mediante recíprocas concesiones, acordaron el pago de la cantidad de CUATRICIENTOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.400.636,66), suma que comprende los conceptos mencionados derivados de la relación laboral, y que se mencionan en el presente escrito transaccional, que los cuales son cancelados mediante dos cheques identificados con los Nºs. 06055331, perteneciente a la cuenta Nº 0108-0003-08-0100017454 por la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.78.057,40) el primero y el segundo identificado con el Nº 06055343, perteneciente a la cuenta Nº 0108-0003-08-0100017454, por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTISEIS CÉNTIMOS (Bs.322.579,26), ambos de del Banco Provincial. Es por lo que este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajado.....