Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos HERNAN JOSE SALCEDO RODRIGUEZ y REBECA ROSARIO SANCHEZ ARVELO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V.-6.174.304 y V.-10.515.710, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha 08/12/1989 por ante el Juzgado Tercero de Parroquia del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal del Circuito Judicial Nº 1 (hoy en día, Juzgado Doce de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas), asentada bajo el número de acta 569,.....