Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada NILIA VELÁSQUEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana RITA MARIA CAMACHO DE MEDINA, antes identificadas contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. En consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA al Ministerio del Poder Popular para la Educación pagarle a la ciudadana Rita Maria Camacho de Medina los intereses moratorios producidos desde el 01 de octubre de 2003, calculados en base a la cantidad de SETENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL SESENTA BOLIVARES CON UN CENTIMO (BS. 74.302.060,01), es decir, SETENTA MIL TRESCIENTOS DOS BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. F. 74.302,06), que fue lo recibido por concepto.....