En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos FRANCISCO JOSE MADRID VAZQUEZ y CARMEN ROSA ESQUIVEL RIVERA, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 15 de mayo de 1985, por ante el ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Antimano, del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta en copia certificada del acta de matrimonio librada al efecto.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia Antimano del Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y al Consejo Nacional Electoral (C. N. E.), a los fines legales consiguientes.
Regístrese y publíquese la presente decisión, dejándose .....