DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JUVENAL ANTONIO COLMENAREZ, Nacionalidad Venezolano, natural de Barquisimeto, nacido el 21/01/81, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.481.329 (la cual no portaba), de 24 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio Agricultor, analfabeta, hijo de Elsy Coromoto Pérez (v) Macario Antonio Colmenares (f), residenciado en Ospino Barrio La Rampla, vía la Estación, calle 01, casa 41; por presunta comisión del Delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de Visitación Pérez Colmenarez.
Dado y firmado en el Tribunal Primero .....