Vista la incomparecencia de la parte actora apelante, el día 14 de Diciembre de 2006, a las 11:00 a.m., fecha fijada para la Audiencia Oral y Pública, la cual no se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta forzoso para este Juzgado Tercero Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: UNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano JOAQUIN ACEVEDO PÉREZ, en fecha 21 de Julio de 2005, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia pronunciada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró SIN LUGAR la demanda por prestac.....