Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- NIEGA la medida de embargo solicitada por la parte actora, en el juicio que por cobro de bolívares sigue la sociedad mercantil GRUPO REPRESENTACIONES INTERNACIONALES VALENCIA REINVAL C.A. contra SERVICIOS EVCAVEN C.A. SEGUNDO.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado VÍCTOR RUBIO MUÑOZ actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GRUPO REPRESENTACIONES INTERNACIONALES VALENCIA REINVAL C.A. contra la decisión dictada el 9 de noviembre del 2009 por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
No hay especial condenatoria en costas, por cuanto no hubo actuación de la parte demandada en esta alzada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.
Dada,.....