En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges ciudadanos JEAN ROBERT MEDINA GARCIA y ALEJANDRA MARIA GABRIELA FERNANDEZ BOLLEA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.038.294 y V- 14.992.915, respectivamente, decretada el diecisiete (17) de junio de 2010, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintiséis (26) de octubre del 2005, ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 61, Folio 61, Año 2005. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Publíquese, Regístrese.