En consecuencia, es forzoso para este Juzgador declarar SIN LUGAR LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN, consignada en fecha 09 de diciembre de 2015, por la ciudadano ELISA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 26.482, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente BAR RESTAURANT EL HATO C.A, por una parte; y por la otra, la parte oferida la ciudadana LORENA JACQUELINE FLORES GARCIA, venezolana, titular de la cédula de identidad número 23.560.964, asistida por el ciudadano ANGEL ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 88.662
Se deja constancia del pago realizado por la parte oferente BAR RESTAURANT EL HATO C.A, a la parte oferida ciudadana LORENA JACQUELINE FLORES GARCIA, ut supra identificada, por la cantidad de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs 27.653,18), mediante cheque librado contra el Banco Bancaribe, identificado con el Nº 81627682, de fecha 04 de diciembre de 2015.