Visto el escrito transaccional presentado en fecha 09 de enero de 2007, por el abogado PEDRO RAMOS, identificado con el I.P.S.A N° 31.602, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano FRAY JULIO GARCIA, cédula de identidad N° E- 82.088.743, parte actora, asistido en este acto por el abogado JORGE GOMEZ, identificado con el I.P.S.A N° 37.760 apoderado judicial de la parte actora, por la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS ( Bs.2.500.000,00 ), mediante el cual solicitan la homologación del mismo; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se ordena el cierre y arch.....