SE DICTÓ RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL se DECLARA INCOMPETENTE por la materia, para conocer de la presente acción de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION interpuesta por la ciudadana MARIBEL COROMOTO CASTILLO JIMENEZ, ante el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECLARA. En consecuencia, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que las partes hayan solicitado la regulación de la competencia se ordena remitir por oficio las presentes actuaciones al Tribunal Distribuidor Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.