DISPOSITIVA.-
Con mérito a todos los razonamientos de hechos y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de diferencias de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano JAY MARCELO CRESPO BLANCO contra la empresa TRACK TV 2006, C.A, ambas partes ya identificadas.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada cancelar al actor la cantidad de Bolívares OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 8.355.048,39).
TERCERO: Asimismo se ordena la indexación de la cantidad condenada a pagar que resulte de la experticia complementaria del fallo desde la fecha de admisión de la demanda (06 de marzo de 2006) hasta la efectiva ejecución del fallo, con exclus.....