DECLARA de MANERA UNÁNIME:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado ciudadano HENDER GERARDO BLANCO VILLADIEGO, quien dijo ser y llamarse como queda escrito, venezolano, natural de Maracaibo, nacido el 25/08/1981, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.917.833, hijo de Libio Blanco y Edie Arrieta, de profesión u oficio Mesonero y Decorador, DECLARÁNDOLO INCULPABLE de la imputación que por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 1º, 2º y 3º de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el artículo 83 de Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos PEDRO LUIS VILLALOBOS ROMERO y PEDRO LUIS VILLALOBOS PARRA, que le atribuyera la Fiscal 5º del Ministerio Público en formal Acusación Penal.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, se EXIME al acusado de las costas procesales.
TERCERO: Se ORDENA .....