DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda declarar SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derechos MIGUEL COLINA VARGAS e ISABEL FIGUEREDO en su condición de defensores del ciudadano EDGAR JOSE SERRANO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Segundo (32°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 08 de enero de 2011, en la audiencia para oír al imputado, en la cual decreta medida judicial preventiva privativa de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres numerales, 251 numerales 2, 3 y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
Publíquese, .....