Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala de Juicio Nro. 1 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los hermanos (X), (X) y (X), como Únicos y Universales Herederos de la causante ANTONIA RAMONA FERNÁNDEZ, quien fuera titular de la cédula de identidad N° V-5.422.760, fallecida Ab-intestato, el día 16/09/1997, según copia certificada del Acta de Defunción Nro. 192, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, del Municipio Libertador del Distrito Capital. Se dejan a salvo los Derechos de Terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolesce.....