En este estado, el tribunal debe advertir que la transacción que antecede pudiera contener un verdadero contrato de arrendamiento ya que bajo la figura de suspensión de ejecución, se ha acordado otro lapso para la entrega del inmueble y el pago consecutivo de sumas de dinero que aunque señalen que son daños y perjuicios, dada que se trata siempre de la misma cantidad, y de su periodicidad, pudiere entenderse que se tratan de cánones de arrendamiento.
De ser así, se le estaría violando al inquilino derechos irrenunciables por el artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, tratándose de una materia de corte social estando en presencia de una vivienda, no podría aumentarse el monto del canon de arrendamiento que fijaron las partes en forma verbal y que dio lugar al presente juicio, dado el decreto del Ejecutivo Nacional en congelar los aumentos de cánones de arrendamiento.
De lo anterior se colige, que el escrito presentado por las partes solamente se tiene como consumado lo r.....