DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto, por la Abogada MARIA NORBELLA FONTE, Defensora Pública Penal Septuagésima Sexta (76°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de Defensora del los ciudadanos ALBERTO ANTONIO SANTANA GOMEZ y ERICKSON ALBERTO SANTANA CHIRINOS, en contra de la decisión dictada el 14 de Febrero de 2011, por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que decretó la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, en contra de los prenombrados imputados, de c.....