Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 2 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de Sobreseimiento provisional formulado por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de los adolescentes: identidades omitidas, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVISIOMAS y DAÑOS A LA PROPIEDAD AGRAVADA, en perjuicio de los ciudadanos: LORENZO ADELCIO LOPEZ y LUIS ALBERTO VALLADARES, quedando el Ministerio Público sometido a un plazo para continuar su investigación; en virtud de esta decisión se revocan la medidas cautelares impuestas a los adolescentes ya nombrados, que son las establecidas en el articulo 5.....