En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con recurso contencioso tributario por los ciudadanos Rodolfo Plaz Abreu, Antonio Planchart Mendoza y Graziella González Alfonso, venezolanos mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.967.035, 12959.205 y 16.115000, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado con los Nos. 12.870, 86860 y 124.687, respectivamente, actuando como Apoderados Judiciales de Venezolana de Bienes, S. A (VEBISA), sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 10 de diciembre de 1964, bajo el No. 47, Tomo 44-A- Sgdo, contra las Resoluciones Nos. SNAT/INTI/GRTI/RCA/2008-000280 y SNAT/INTI/GRTI/RCA/2008-0.....