DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ELY MARGARITA SOJO contra la entidad de trabajo INVERSIONES CRETUM C.A. (LA TRAJERIA DE ORESTE). SEGUNDO: Se ordena a la entidad de trabajo demandada INVERSIONES CRETUM C.A. (LA TRAJERIA DE ORESTE) cancelar a la actora los conceptos que serán determinados en la parte motiva del fallo. TERCERO: Se condena en costa a la parte perdidosa.