SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda intentada por el ciudadano JOSE LUIS RAMIREZ, abogado en ejercicio e inscrita en instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 3.533, contra el ciudadano ANDRE FARKAS KALMAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.860.436. En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa al Juzgado Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, con el objeto de que siga conociendo del presente asunto, Por lo que se ordena:
PRIMERO: Remitir el expediente al Juzgado Distribuidor Civil Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que se distribuido y lo siga conociendo su Juez natural.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
La parte que lo considere podrá interponer los recursos que crea pertinentes dentro de los 5 días siguientes a la publicación del presente fallo.
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