Visto que en fecha 28 de abril de 2009, se libró oficio N° 9556 dirigido al representante legal de la contribuyente "COMERCIAL SAN MIGUEL" o su apoderado judicial, con la finalidad de informar que la misma tiene un plazo hasta la etapa para que tenga lugar la celebración del Acto de Informes, establecidos en el Articulo 274 del Código Órganico Tributario, para que la mencionada recurrente se haga asistir por un abogado o representante legal; este Tribunal, ordena paralizar la causa hasta que conste en autos la notificación librada a la contribuyente para así continuar el proceso.