DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido a través de diligencia suscrita el veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciséis (2016), por el abogado HENRY HAMDAN FIGUEROA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano LUIS LARA RANGEL, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha tres (3) de marzo de dos mil dieciséis (2016). QUEDA CONFIRMADO el fallo apelado, en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por la ciudadana NIEVES DEL SOCORRO PÉREZ .....