Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la querella interpuesta por los abogados WILLIAM BENSHIMOL, JORGE BENSHIMOL, LAURA BENSHIMOL Y NAYADET MOGOLLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 12.026, 4.875, 53.471 y 42.014 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS RAMON GIL ESPINOZA, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 608.461, contra la República de Venezuela (hoy República Bolivariana de Venezuela), a través del Ministerio de Justicia (hoy Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.