Como consecuencia de lo anterior este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 5 de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena SUSPENDER la Extensión de la Obligación de Manutención, dictada por este Tribunal en fecha 18 de Octubre de 2006, en beneficio de la ciudadana XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.