Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el JORGE ALCANTARA RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 18.002.813 en contra de CAFÉ COMERCIAL LAS AMERICAS, C.A., empresa mercantil creada según documento inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 24 de octubre de 2001, bajo el Nº 54, Tomo 211-A-Sgdo.
SEGUNDO: Se ordena el pago los conceptos relativos a Vacaciones del periodo 2007-2008, Vacaciones fraccionadas periodo 2008-2009, Bono vacacional periodo 2007-2008, Bono vacacional fraccionado periodo 2008-2009 y Utilidades.....