Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por la parte actora en contra de la decisión de fecha 01-06-2009, emanada del juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 01-06-2009, emanada del juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto la empresa demandada ha quedado debidamente notificada. TERCERO: Se repone la causa al estado que el Juzgado de primera instancia fije por auto expreso la fecha de la celebración de la pr.....