Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada María Barrios, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha dos (02) de mayo de dos mil trece (2013), emanada del Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación presentado de manera escrita por la parte demandada, Alcaldía del Municipio Libertador, contra el fallo de fecha 2-5-2013, emanado del Juzgado 13° de Primera Inst de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, teniéndose por Contradicha, tod.....