En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Omar Reinaldo Matos Méndez y Carmen Alicia Bastidas de Matos, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 20 de marzo del 1973, ante la Jefatura Civil de la Parroquia "El Recreo" Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 92, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 1973.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia "El Recreo" Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y al Consejo Nacional Electoral (C. N. E.), a los fines legales consiguientes.