Con fundamento en la motivación anterior, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario Subsidiario al Recurso Jerárquico interpuesto por el contribuyente CLOVER INTERNACIONAL, C.A.