PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 30 de octubre de 2006 por el Dr. FREDDY BELISARIO CAPELLA en su condición de Juez Titular de este Tribunal Superior Marítimo y, en consecuencia, se le aparta del conocimiento de la incidencia descrita en esta sentencia.
SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Dr. FREDDY BELISARIO CAPELLA en su condición de Juez Titular del Tribunal Superior Marítimo, a fin de que tenga conocimiento de lo aquí decidido.
Expídase por Secretaría copia certificada del presente fallo, a los fines de su archivo en el copiador de sentencias interlocutorias que lleva este juzgado, tal y como lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil