De tal manera, se condena en costa a la parte perdidosa por resultar totalmente vencida y una vez analizadas todas las actas procesales del presente expediente, se dictamino, que el demandado debe cancelar al demandante la cantidad TREINTA UN MIL BOLIVARES (Bs. 31.000,oo) para las reparaciones de los daños ocasionados al vehiculo propiedad del demandante y NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 9.000.oo) que es el equivalente al 30% para cancelar las costas y costos del proceso.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA a los 16 días del mes de OCTUBRE del año Dos Mil Trece. (2.013). 200° de la Independencia y 154° de la Federación.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA E ARCHIVO DEL TRIBUNAL.
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ O.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SEC.....