"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 19 y presentado por el ciudadano CESAR LANDAETA, titular de la C.I. V-12.849.257, asistido por el Abogado PEDRO VILELA, IPSA Nº 119.708, en su carácter de parte oferida y la oferente LABORATORIOS KLINOS, C.A., en la persona de su abogado CESAR FREITES, IPSA Nº 108.271, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.849.994,95), la que es pagada mediante cheque del Banco Banesco, Nº 42627005, de fecha 08-10-2014, a nombre del trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo.....