En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha, 13 de agosto de 2018, que impartió la homologación al desistimiento del procedimiento que respecto a STANFORD GROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN, C.A., formuló la parte actora; la cual queda confirmada. SEGUNDO: Se mantiene la homologación impartida en el fallo del 13 de agosto de 2018, por el Juzgado A quo, acerca del desistimiento del procedimiento que formulara la parte actora respecto a STANFORD GROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN, C.A., en el juicio incoado por, MONICA ARDESI D’AMATO, ti.....