Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE, para conocer y decidir la presente causa, y en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA por razón de la materia en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda previa distribución, para conocer el recurso interpuesto por el ciudadano Julio Cesar Sánchez, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 5.660.252, representado por el abogado Tulio Alberto Álvarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.003, contra la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela por concepto de Diferencia de pensión de jubilación e indexación.