"(...) este Tribunal Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ANDRES YARAURE, titular de la Cedula de identidad Nº 15.418.077, y la empresa INVERSIONES RJM 33, C.A.,, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos (...)"