V
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por BERTA SALOM DE SICILIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 2.561.636, en contra del ciudadano MARCO TULIO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad Nº V-40631.817, respectivamente; en consecuencia se condena a este último al desalojo y consecuencial entrega del bien inmueble constituido por un Apartamento distinguido con el No. 5-C del Edificio Residencias Guaicamacuto, situado éste en la Avenida Los Manguitos y la Calle El Cristo Urbanización Las Delicias de Sabana Grande, Municipio Libertador del Distrito Capital; y se declaro SIN LUGAR la impugnación efectuada a .....