DISPOSITIVA
Por los motivos explanados este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO EL TIEMPO DE TRABAJO LABORADO POR PENA CUMPLIDA, al ciudadano JEAN CARLOS FERNANDEZ GRATEROL, venezolano, nacido en Guanare estado Portuguesa en fecha 03 de noviembre del año 1983, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.828.520, y actualmente cumpliendo pena en el Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal, por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, DIECISIETE (17) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, el cual se le rebajará de la pena principal le fuere impuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.
Regístrese, notifíquese, publíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente.
La Juez de E.....