-CAPITULO V-
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en contra de la decisión de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2012, por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este mismo Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.