Este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la oposición a la admisión formulada por la representante judicial del Fisco Nacional y por vía de consecuencia ADMITE el Recurso Contencioso Tributario por denegación tácita interpuesto en fecha 26-09-2013, por los apoderados judiciales de la recurrente "ABBOTT LABORATORIES, C.A.", de la Solicitud de Reintegro o Reconocimiento de Crédito Fiscal, presentada en fecha 14-03-2012, ratificada en fechas 09-05-2012, 25-06-2012 y 22-05-2013, ante la División de Tramitaciones de la Gerencia de Contribuyentes Especiales del SENIAT.-