Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva y que misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la HOMOLOGA en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA. Asimismo, vista la solicitud de dos (02) copias certificadas de la presente; este Juzgado, acuerda su expedición por secretaría, conforme lo previsto en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que se hace entrega en este acto a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
La Juez
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
El Secretario
ISRAEL ORTIZ QUEVEDO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA
"2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR"