"...en virtud de haberse garantizado el derecho a la defensa de la parte demandada y de los terceros con interés legítimo y de haberse realizado la notificación, el Juez Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara cumplida la presente Medida Innominada derivada del procedimiento de Querella Interdictal de Amparo".