El Tribunal visto el señalamiento de la Apoderada Actora y en cumplimiento de su misión declara EJECUTIVAMENTE EMBARGADO, el siguiente bien inmueble, propiedad de la parte demandada: : apartamento-vivienda distinguido con el numero y letra tres raya B, N° 3-B, y situado en el tercer (3°) piso del Edificio LUXOR, ubicado frente a la calle norte 13, entre las Esquinas de Candilitos y Cruz de Candelaria, Jurisdicción de la Parroquia Candelaria de la Ciudad de Caracas Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital). El referido apartamento tiene un área aproximada de cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta y cuatro centímetros cuadrados (41,54 mts), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con fachada norte del Edificio ; SUR: con pasillo de circulación de donde tiene acceso; ESTE: con patio de luces del Edificio, fachada de por medio, OESTE: con el apartamento tres raya A (3-A) por encima con el apartamento cua.....